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FHE 001.2023 Salarios Mínimos Sectoriales 2023
 

Circular No. 001.2023 - 3 de Enero de 2023

 
Para su información y aplicación comunicamos que el Ministerio del Trabajo expidió el Acuerdo Ministerial No. MDT-2022-234 de 20 de diciembre de 2022, en el cual constan los salarios mínimos sectoriales que regirán a partir del 1 de enero de 2023, para las 21 comisiones sectoriales. Salarios Mínimos Sectoriales 2023.

En los siguientes enlaces puede descargar las tablas sectoriales de las siguientes Comisiones:

Turismo y Alimentación
Transporte, Almacenamiento y Logística
Actividades Tipo Servicios

El incremento aprobado por el Ministro  del Trabajo y Salarios para la Comisión No. 16: Turismo y Alimentación para el año 2023, fue de 5,88 % sobre los valores de los salarios mínimos sectoriales vigentes para el 202, al igual que a las demás comisiones sectoriales.

Es necesario precisar que a diferencia de años anteriores (2011 a 2015), que los incrementos que se aprobaban eran un rango de porcentajes sobre el Salario Básico Unificado que sería fijado por el Gobierno a fin de año, es decir, se producía un doble incremento: el del SBU y el del sectorial; para el año 2022, la elevación de los salarios mínimos sectoriales de 5,88 %, aprobada por el Consejo Nacional del Trabajo y Salarios, se aplica sobre los valores de los salarios 2022, es decir, hay un solo incremento, como ha ocurrido en los últimos siete años, Los valores constan en la Tabla siguiente.

COMISION TURISMO Y ALIMENTACION
TABLA DE SALARIOS MÍNIMOS SECTORIALES PARA 2023
Valores en dólares (USD $)

HOTELES Y RESTAURANTES

Ag. Viajes

CATEGORIAS

Catering

Niveles

3a. y 4a.

2da.

1ra.

Lujo

Parques N.

E2
452.61
453.06
453.51
453.96
453.20
E1
453.06
453.51
453.96
454.41
452.61
D2
453.51
453.96
454.41
454.86
453.78
D1
453.96
454.41
454.86
455.31
C3
454.41
454.86
455.31
455.76
C2
454.86
455.31
455.76
456.21
455.53
C1
455.31
455.76
456.21
456.66
456.12
B3
455.80
456.21
456.66
457.11
B2
456.21
456.66
457.11
457.56
457.29
B1
456.66
457.11
457.56
458.00
457.87
A1
457.11
457.56
458.00
458.45

Estos valores rigen para los trabajadores de los sectores de la Comisión “Turismo y Alimentación” que incluye a los establecimientos que prestan servicio de alojamiento turístico (hoteles, hostales, hosterías, etc.); establecimientos que prestan servicios de comidas y bebidas (restaurantes, bares, cafeterías, etc.); agencias de servicios turísticos, operadoras y mayoristas de turismo; servicios de alimentación: abastecimiento de comida por encargo (catering) y Parques Nacionales y Áreas Naturales.

CARGOS TRANSVERSALES (Resolución Año 2011)

Es necesario informar también  que desde el año 2012 se unificaron en la Comisión Sectorial No. 19 “Actividades Tipo Servicios”, todos los cargos o puestos de trabajo que eran comunes en todas las comisiones.

Por consiguiente, para los puestos de trabajo que constan a continuación y formaban parte de la Comisión No. 16, se deberá tomar en cuenta que ahora constan en la comisión No. 19 “Actividades Tipo Servicio”; por lo tanto, los sueldos mínimos sectoriales son los que correspondan a cada puesto de trabajo en dicha tabla. Los cargos transferidos son:

SECTOR

PUESTO DE TRABAJO

RESOLUCION

 

Agencias de Servicios Turísticos

Cobrador

Cargo transversal (Com. 19 – Servicios)

Mensajero

Cargo transversal (Com. 19 – Servicios)

 

Establecimientos que prestan servicio de alojamiento turístico, hoteleros y  no hoteleros

Auxiliar de Enfermería

Cargo transversal (Com. 19 – Servicios)

Oficinista

Cargo transversal (Com. 19 – Servicios)

Mensajero

Cargo transversal (Com. 19 – Servicios)

Costurera

Cargo transversal (Com. 19 – Servicios)

Jardinero

Cargo transversal (Com. 19 – Servicios)

Establecimientos que prestan servicios de comidas y bebidas.

Mensajero

Cargo transversal (Com. 19 – Servicios)

Portero / Conserje

Cargo transversal (Com. 19 – Servicios)

CARGOS CON NUEVA DENOMINACIÓN (Resolución Año 2011)
Igualmente, se anota que desde el 2012, a fin de mantener varios puestos de trabajo propios de nuestra actividad en la Comisión No. 16 “Turismo y Alimentación”, se resolvió diferenciarlos con la palabra “Certificado”, que se refiere a la certificación que se otorga a través de las normas técnicas de competencias laborales en turismo”. Dichos cargos constan a continuación:

SECTOR

PUESTO DE TRABAJO

RESOLUCION

Agencias de Viajes y Turismo

Cajero Facturador

Queda como Cajero Certificado

Recepcionista-Telefonista

Queda como Recepcionista Certificada

Establecimientos que prestan servicio de alojamiento turístico, hoteleros y  no hoteleros

Cajero Pagador

Queda como Cajero Certificado

Cajero Bilingüe

Queda como Cajero Certificado

Cajero

Queda como Cajero Certificado

Bodeguero

Queda como Comprador

Recepcionista Polivalente

Queda como Recepcionista Polivalente Certificada

Recepcionista

Queda como Recepcionista Certificada

Recepcionista Bilingüe

Queda como Recepcionista Certificada

Telefonista Bilingüe

Queda como Recepcionista Certificada

Telefonista

Queda como Recepcionista Certificada

Ayudante de Bodega

Queda como Ayudante de Compras

Limpieza

Queda como Camarera de áreas de circulación

Establecimientos que prestan servicios de comidas y bebidas

Cajero

Queda como Cajero Certificado

Bodeguero / Comprador

Queda como Comprador

Ayudante de Bodega

Queda como Ayudante de Compras

Además, e igualmente desde el 2012 el cargo “hostess de aeropuerto” consta dentro del cargo “hostess”, que aplicará para el personal que se encarga de recibir y trasladar a los huéspedes desde el aeropuerto al hotel  y viceversa.

INCLUSIÓN DE NUEVOS CARGOS (Resolución Año 2013)
A partir del  2014 se incorporan a las Tablas Sectoriales “Turismo y Alimentación” los siguientes cargos:

SECTOR

NIVEL

CARGO

OBSERVACIONES

Establecimientos que prestan servicios de alojamiento turístico, hoteleros y  no hoteleros

A1

Administrador Certificado

Para todas las categorías: Lujo, 1ra., 2da.; y, 3ra y 4ta.

B1

Subadministrador

Establecimientos que prestan servicios de comidas y bebidas

A1

Administrador Certificado

Para todas las categorías: Lujo, 1ra., 2da.; y, 3ra y 4ta.

B1

Subadministrador

D2

Recepcionista Certificada

E1

Ayudante de Mantenimiento

E2

Hostes

INCLUSIÓN DE NUEVOS CARGOS (Resolución Año 2017)
A partir del 2018 se incorporan a las Tablas Sectoriales “Turismo y Alimentación” los siguientes cargos:

SECTOR

NIVEL

CARGO

OBSERVACIONES

Establecimientos que prestan servicios de alojamiento turístico, hoteleros y no hoteleros; y,  Establecimientos que prestan servicios de comidas y bebidas
D2
Barista Para todas las categorías: Lujo, 1ra., 2da.; 3ra y 4ta.
Establecimientos que prestan servicios de alimentación por encargo
D2
Barista  
Establecimientos que prestan servicios de alojamiento turístico, hoteleros y no hoteleros
D1
Asistente Hotelero Para todas las categorías: Lujo, 1ra., 2da.; 3ra y 4ta.
Establecimientos que prestan servicios de comidas y bebidas
D1
Asistente de Servicios de Comidas  y Bebidas Para todas las categorías: Lujo, 1ra., 2da.; 3ra y 4ta.
Agencias de servicios turísticos
D2
Asistente de Agencias de Viajes  
Agencias de servicios turísticos
C2
Operador de agencia de  servicios turísticos  

ACTUALIZACIÓN DENOMINACIONES DE CARGOS (Resolución Año 2017)
A partir del 2018 se actualizan los cargos de acuerdo con el reglamento que estableció nuevas denominaciones para los guías de turismo:

SECTOR

NIVEL

CARGO ACTUALIZADO

OBSERVACIONES

Agencias de servicios turísticos

C2

Guía Nacional especializado en Patrimonio Turístico

Se fusionan Guía en Áreas Naturales y Guía en Turismo Cultural

C2

Guía Nacional Especializado en Aventura

Cambia denominación del Guía Turismo de Aventura

C2

Guía Local

Nuevo cargo

TABLAS SECTORIALES
En los siguientes enlaces puede descargar las tablas sectoriales de las siguientes Comisiones:

Turismo y Alimentación
Transporte, Almacenamiento y Logística
Actividades Tipo Servicios

REPRESENTACION SECTOR EMPLEADOR

La representación del sector empleador en la Comisión Sectorial de Salarios Mínimos “Turismo y Alimentación” la ejerce Diego Utreras, Director Ejecutivo de AHOTEC y Jhofre Echeverría, representante de la Organización de Restaurantes de Pichincha.

Particular que me permito poner en su conocimiento para los fines pertinentes

F.: Diego Utreras Hidalgo
Director Ejecutivo
Federación Hotelera del Ecuador (AHOTEC)

 
MAS CIRCULARES
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  • FHE Cirucular 008
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  • FHE 025.2017 Inspecciones de trabajo y directrices para prevención de drogas
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  • Sede: Quito, América N38-80 y Diguja Teléfonos: (593 2) 244 3425 / 245 3942 / 099 764 0592 ahotec@interactive.net.ec
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